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sábado, abril 11, 2026
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Los clubes suspenden las actividades

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Emergencia Sanitaria: Coronavirus

Instituciones deportivas nuevejulienses se adhirieron, con el correr de las horas, adhirieron en la jornada de ayer a la declaración de la emergencia por parte de la Municipalidad de 9 de Julio.

COMUNICADO DEL CLUB SAN MARTIN
Como es de público conocimiento, el Municipio ha adherido y declarado la emergencia sanitaria, ante la pandemia mundial de Coronavirus (COVID-19).
Siendo parte de esta comunidad y con la responsabilidad que el hecho conlleva damos por suspendidos todos los entrenamientos de las distintas disciplinas hasta nuevo aviso. La mayor finalidad es de fortalecer la prevención y la salud como bien fundamental de la comunidad.
«Son tiempos de responsabilidad individual y de solidaridad.
Protegernos, para proteger a toda la comunidad».
Cualquier inquietud, estamos a la disposición de las familias.
Comisión Directiva Club Atlético San Martín.

COMUNICADO DEL CLUB AGUSTIN ALVAREZ
En concordancia con el decreto 2020-464 que sancionó la Municipalidad de 9 de Julio, el Club y Biblioteca Agustín Alvarez ha adherido a la emergencia sanitaria ante la pandemia del virus COVID-19 (Coronavirus).
Por tal motivo, la CD ha decidido suspender las actividades del Club por 15 días. Es nuestra responsabilidad cuidar de los nuestros. Ante cualquier duda, comunicarse con los medios habilitados.
Club y Biblioteca Agustín Alvarez.

COMUNICADO DEL CLUB SAN AGUSTIN
Desde la CD del Club San Agustín hemos decidido la suspensión de actividades desde el 13 de marzo por tiempo indeterminado. La medida es tomada acorde al decreto 2020-464 dictado por el municipio, debido a la pandemia COVID-19. Desde ya, muchas gracias.

ADHESION DEL CLUB DUDIGNAC
Ante la consulta de «EL 9 DE JULIO» desde el Club Atlético y Social Dudignac se informó que «todas las actividades quedaron suspendidas por 15 días, incluyendo los entrenamientos de las distintas disciplinas».

Recomendaciones para personas que ingresen al país provenientes de zonas con transmisión de Coronavirus

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Para tener en cuenta

Ante la pandemia de Coronavirus se dieron a conocer una serie de recomendaciones de organismos oficiales publicadas en a través del sitio oficial argentina.gob.ar . Entre esas recomendaciones se hace hincapié a aquellas personas que viajaron al exterior, que regresaron al país provenientes de zonas con transmisión de Coronavirus deben cumplir una serie de medidas preventivas. En esta semana en 9 de Julio se presentaron distintas situaciones en establecimientos educativos porque algunas familias que habían viajado al exterior (de países con la enfermedad) llevaron a sus hijos a las escuelas.
RECOMENDACIONES PARA PERSONAS QUE INGRESEN AL PAIS PROVENIENTES DE ZONAS CON TRANSMISION DE CORONAVIRUS
* Reforzar las recomendaciones de prevención de infecciones respiratorias:
– Lavarse frecuentemente con agua y jabón o utilizar soluciones a base de alcohol.
– Cubrirse la nariz y la boca con el pliegue interno del codo o usar un pañuelo descartable al estornudar o toser.
– Ventilar los ambientes.
– Limpiar frecuentemente las superficies y los objetos que se usan con frecuencia.
– No automedicarse.
– Consultar inmediatamente al sistema de salud, siguiendo las recomendaciones de la ciudad, para saber cómo hacer correctamente la consulta.
* Se sugiere permanecer en el domicilio y no concurrir a lugares públicos como ámbitos laborales, recreativos, deportivos, sociales, durante 14 días.
* Consulta inmediata ante la presencia de fiebre y síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria), no auto medicarse, no subestimar ninguna manifestación clínica, seguir las recomendaciones de la jurisdicción en la que reside en relación con la modalidad de consulta. Se recomienda que sea a través de la atención a telefónica para disminuir el riesgo y organizar la consulta posterior.
Ampliación recomendaciones para personas que ingresan al país provenientes de zonas con transmisión comunitaria
En relación a las nuevas recomendaciones publicadas por el Ministerio de Salud el día 6 de marzo para personas que ingresen al país, provenientes de zonas con transmisión comunitaria de coronavirus, se recomienda en las siguientes situaciones especiales:
* Pasajeros en tránsito en aeropuertos de países con transmisión:
– No se recomienda aislamiento al arribo al país.
* Tripulación de vuelos internacionales a países con transmisión:
– Se recomienda que la tripulación de vuelos internacionales a países con transmisión, eviten el contacto social, permanezcan en el hotel, durante su estadía.
– Si se cumple con la indicación, no se recomienda aislamiento al arribo al país.
* Viajeros que ingresaron al país, provenientes de países con transmisión, en los últimos 14 días:
– Todas aquellas personas que ingresaron al país proveniente de países con transmisión, deben cumplir aislamiento durante 14 días, desde la fecha de ingreso al país. Estas medidas incluyen aquellos que hayan ingresado previamente a estas recomendaciones.
* Personal de salud que regresó al país, proveniente de países con transmisión:
– El personal de salud que regresa de zonas de transmisión, deberá cumplir con el aislamiento domiciliario durante 14 días.

Culminó el paro agropecuario

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Después de cuatro días

 NOTICIAS ARGENTINAS SAN PEDRO, MARZO 11: Un grupo de productores autoconvocados de todo el país hicieron oír hoy fuertes críticas al Gobierno por el desdoblamiento cambiario y las retenciones del 33% a la soja, sin la presencia de los dirigentes de la Mesa de Enlace.
Foto NA zzzz

BUENOS AIRES (NA). El Sector agropecuario cumplió este jueves los cuatro días de paro contra la suba de las retenciones a la soja y la dirigencia aguarda señales del Gobierno para no profundizar la medidas.
El presidente de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP), Matías de Velazco, advirtió que si no hay «una señal del Gobierno, van a seguir las medidas».
Desde el principio, CARBAP dio un fuerte impulso a la protesta, por la que este jueves no hubo ingreso de animales al Mercado de Liniers.
Por su parte, CARBAP impulsó a Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) a motorizar el paro del sector, mientras que Coninagro y la Sociedad Rural mantuvieron un perfil bajo y Federación Agraria Argentina afrontó divisiones entre sus bases, varias de las cuales están de acuerdo en la segmentación de productores prometida por la administración de Alberto Fernández.
En conferencia de prensa, De Velazco dijo que «la pelota la tiene ahora el Gobierno».
Para el dirigente bonaerense, el cese de comercialización de granos y hacienda con destino a faena tuvo un «alto acatamiento».
Según el titular de CARBAP, el cese no respondió sólo a la suba de derechos de exportación de tres puntos a la soja, sino también a la fuerte «presión impositiva» que no deja al sector agropecuario «seguir trabajando».
«Confiamos en la calidad de estadista del presidente Alberto Fernández; él va a tener que leer este mensaje, escuchar la voz del sector productivo y la pelota la tiene el Gobierno ahora», manifestó De Velazco.
Añadió que «el campo no se va a quedar quieto y van a seguir las medidas» si el «Gobierno no da una señal».
Para la semana próxima está programada una reunión de la Mesa de Enlace con las autoridades del Banco Nación, con el fin de analizar medidas de financiamiento para productores agropecuarios.
EXPOAGRO
La última jornada de Expoagro 2020 que originalmente estaba programada para este viernes en San Nicolás de los Arroyos se suspendió por la pandemia de coronavirus.
La empresa anunció que busca «priorizar la salud y el bienestar de nuestros visitantes y expositores».
La edición actual poseía 222.955 metros cuadrados vendidos y en ella participaban 550 expositores: 100 nuevas empresas con respecto al 2019, entre nuevas y otras que volvían.

La CEyS suspendió las elecciones de delegados

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Ante el estado de emergencia sanitaria

El Estado de Emergencia Sanitaria -por la pandemia de Coronavirus- declarado a nivel nacional, con adhesiones de la Provincia de Buenos Aires y de la Municipalidad de 9 de Julio motivó a la Cooperativa Eléctrica «Mariano Moreno» a suspender las asambleas electorales de distrito de delegados que se iban a desarrollar este domingo 15.

COMUNICADO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION
El Consejo de Administración de la CEyS «Mariano Moreno» Limitada informa que ha sido suspendido el acto eleccionario previsto para este domingo 15 de marzo ante el Estado de Emergencia Sanitaria decretado en nuestro país, al que adhirieron la Provincia y el Distrito.
El plazo de prórroga es de 15 días que puede variar según las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud. Consejo de Administración

Soliloquios de un memorioso

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FUENTE DE LA
PLAZA BELGRANO

Misterio de formas
con coloridos y movedizos peces
asombraron mi primera infancia
llenándola de elementales magias

Hito inmóvil e ineludible
en el tránsito escolar
primario y secundario
con anhelos, ilusiones y desdichas

Testigo, imposible no serlo,
de mis primeros romances
que buscaban los claroscuros
y evitar tus luces y delaciones

Cuánto de mi vida joven
giró en tu curioso derredor
con asumidas necesidades
e inciertas vocaciones

Punto de referencia
en resignada monotonía
como clave de partida
te recuerdo todavía

Con lógicas distinciones
dividimos los destinos
tu, firme y testimonial
yo, recorriendo caminos

En cada reencuentro veo
tu belleza remozada
también me verás distinto
con el pasar de los años

Hasta cuando será así
Dios marcará ese día
y en mi finitud por siempre
te llevaré en la memoria

Coronavirus: se decretó la emergencia sanitaria en todo el Distrito

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Por espacio de 180 días

El Intendente Municipal de Nueve de Julio, Mariano Barroso, firmó en la mañana de hoy un decreto que adhiere al decreto provincial 2020-132 GDEBA –GPBA y declara el Estado de Emergencia Sanitaria en el ámbito de todo el distrito de Nueve de Julio por el termino de 180 días y la suspensión durante un plazo de 15 días de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo o social organizado y/o auspiciado por el municipio de participación masiva en el partido.
Asimismo, el plazo establecido en el presente podrá ser prorrogado, según las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Provincia y/o por decisión del Sr. Intendente.
Por otra parte, se recomienda a toda la comunidad evitar la presencia en sitios donde se congregan numerosas personas y extremar las medidas de prevención, higiene y responsabilidad ciudadana.
Asimismo, se dispondrá el cierre de museos, centros culturales y demás espacios artísticos y recreativos de carácter municipal mientras se encuentre vigente la suspensión prevista en el artículo 4° del presente decreto; en tanto que se establecen medidas específicas de control para establecimientos comerciales, que no se encuadran en eventos de participación masiva pero poseen concurrencia continua, como locales de gastronomía y comercios.
EL DECRETO
Decreto Número: DECTO-2020-464-E-MUNINUE-INT
Referencia: CORONAVIRUS (COVID-19). ADHESIÓN. DISPOSICIONES.
VISTO:
El DECRE-2020-132-GDEBA-GPBA del Gobernador de la Provincia de Buenos Aires.
El DECNU-2020-260-APN-PTE – “Coronavirus (COVID-19). Disposiciones” del Presidente de La Nación.

CONSIDERANDO:
Que resulta de público y notorio conocimiento la propagación del Coronavirus (COVID-19).
Que el virus que causa el COVID-19 produce enfermedades respiratorias, conociéndose que la principal vía de contagio es de persona a persona.
Que su rápida propagación supone un riesgo para la salud pública y exige una respuesta inmediata y coordinada para contener la enfermedad e interrumpir la propagación y el contagio.
Que, en ese entendimiento, para el ámbito laboral del Sector Público Provincial se ha otorgado por medio del DECRE- 2020-132-GDEBA-GPBA una licencia de carácter excepcional a todas aquellas personas trabajadoras, que hayan ingresado a la República Argentina desde los países con casos confirmados de nuevo coronavirus (COVID-19), por un lapso de catorce (14) días corridos, a fin de reducir las posibilidades de contagio.
Que misma decisión se ha adoptado para el Sector Público Nacional.
Que, asimismo, mediante la RESO-2020-81-GDEBA-MJGM, el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros reglamentó el procedimiento para el otorgamiento de la Licencia de carácter excepcional a todas aquellas personas trabajadoras del Sector Público Provincial, cualquiera sea su régimen estatutario, que provengan o hayan transitado por países con casos positivos de nuevo coronavirus (COVID-19), según el listado que el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires estipule en la Página Web Oficial, durante los catorce (14) días inmediatos anteriores al arribo a la República Argentina; contemplando a los agentes del Sector Público Provincial que compartan el mismo domicilio con alguna persona que se encontrara comprendida en los supuestos que habilitan el otorgamiento de la licencia.
Que, en ese marco, corresponde al Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, de conformidad con la Ley N.º 15.164, intervenir en la producción de información y la vigilancia epidemiológica para la planificación estratégica y toma de decisiones en salud, así como entender en la regulación y control sanitario en efectores públicos y privados.
Que dicha vigilancia implica monitorear brotes y contribuir al conocimiento de las enfermedades, sus complicaciones y secuelas, a fin de respaldar la toma de medidas de prevención, asistencia y rehabilitación en sus diferentes manifestaciones.
Que el país se encuentra en estado de alerta para sensibilizar la vigilancia epidemiológica y la respuesta integrada; la situación actual en fase de contención, permite detectar casos sospechosos de manera temprana, asegurar el aislamiento de los mismos, brindar la atención adecuada a los pacientes e implementar las medidas de investigación, prevención y control tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.
Que la Dirección de Epidemiología de la referida cartera ministerial ha elaborado un PROTOCOLO para la Prevención y Control de la enfermedad por Coronavirus 2019 (COVID-19) para sistematizar las acciones de respuesta integral.
Que, en ese sentido, mediante la RESO-2020-393-GDEBA-MSALGP el Ministerio de Salud ha establecido la obligatoriedad de ejecución de los protocolos que la autoridad provincial pública periódicamente en función de las epidemias en curso de dengue, sarampión y coronavirus, para todos los establecimientos de salud públicos o privados que desarrollen sus actividades en el territorio de la provincia de Buenos Aires.
Que, seguidamente, a través de la RESO-2020-394-GDEBA-MSALGP la citada jurisdicción formuló una serie de recomendaciones para contener y sensibilizar la vigilancia epidemiológica de la población, desalentando la realización de eventos masivos y grandes aglomeraciones de público.
Que, frente al riesgo que genera el avance a nivel mundial de la enfermedad por el nuevo coronavirus (COVID-19), resulta conveniente intensificar la adopción de medidas que, según los criterios epidemiológicos, resultan adecuadas para direccionar el esfuerzo sanitario y neutralizar la propagación de la enfermedad.
Que con la finalidad de fortalecer la prevención y la salud como bien fundamental de la comunidad, corresponde que a través del Departamento Ejecutivo se dispongan medidas y acciones necesarias en línea con las adoptadas a nivel Provincial y Nacional.
Que la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Nueve de Julio viene realizando todas las medidas sanitarias y protocolares establecidas por los gobiernos nacional y provincial en articulación con la Región X de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
Que el DECRE-2020-132-GDEBA-GPBA del Gobernador de la Provincia de Buenos Aires invita a los Municipios de la Provincia de Buenos a adherir a los términos del Decreto o adoptar, en forma urgente, medidas de idéntico tenor.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, DECRETA
ARTICULO 1º: Adherir en todos sus términos al DECRE-2020-132-GDEBA-GPBA del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2º: Declarar el estado de emergencia sanitaria en el ámbito de todo el distrito de Nueve de Julio, por el término de ciento ochenta (180) días contados a partir del dictado del presente Decreto, a tenor de la enfermedad por el nuevo coronavirus (COVID-19).
ARTICULO 3º: Instruir a la Secretaría de Salud y restantes Secretarias (en el marco de sus incumbencias) a disponer las medidas necesarias y/o de reorganización del personal que la situación de emergencia amerite para cubrir eficientemente la prestación del servicio de salud y/o servicios públicos escenciales, facultando en forma expresa a suspender las licencias anuales del personal que preste servicio en los establecimientos hospitalarios del municipio y a resolver la contratación de personal temporario, exceptuando –eventualmente- del régimen de incompatibilidades aplicables a la actividad.
Asimismo, para atender las necesidades de equipamiento e insumos para afrontar la emergencia sanitaria, todos los procedimientos de contratación de bienes y de servicios, propiciados y llevados a cabo por la repartición de salud en el marco de la presente emergencia, deberán tramitar con especial y prioritario despacho. A tal efecto, las tramitaciones deberán referenciar en forma clara y visible la siguiente frase: “Tramite preferencial – Atención por coronavirus (COVID-19)”.
ARTICULO 4º: Suspender, durante un plazo de quince (15) días contados a partir del dictado del presente decreto, en el ámbito de todo el Partido de Nueve de Julio la realización de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo, social de participación masiva y, en forma consecuente, las habilitaciones otorgadas para la realización de eventos de participación masiva, cualquier sea su naturaleza.
El plazo establecido en el presente podrá ser prorrogado, según las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Provincia y/o por decisión del Sr. Intendente.
Las actividades y/o eventos que se encuentren programadas y cuya suspensión y/o reprogramación no resultare posible, deberán realizarse sin presencia de público, y aplicando en forma rigurosa las recomendaciones emitidas por las autoridades sanitarias.
Por otra parte, se recomienda a toda la comunidad evitar la presencia en sitios donde se congregan numerosas personas y extremar las medidas de prevención, higiene y responsabilidad ciudadana.
ARTÍCULO 5°: Facultar a los Secretarios, a establecer modalidades de trabajo domiciliario, flexibilidad de horarios laborales y, en caso de corresponder, al cierre de las dependencias del Sector Público Municipal.
Asimismo, se dispondrá el cierre de museos, centros culturales y demás espacios artísticos y recreativos de carácter municipal mientras se encuentre vigente la suspensión prevista en el artículo 4° del presente decreto.
ARTICULO 6º: Medidas de control para establecimientos comerciales, que no se encuadran en eventos de participación masiva pero poseen concurrencia continua:
Gastronómicos:
– Separar a más de un metro las mesas de los consumidores.
– Registro riguroso de los días y horarios que cumple cada empleado, para favorecer el accionar preventivo de los equipos de emergencia ante posible situaciones de riesgo.
– Garantizar alcohol en gel en todas las mesas y/o alternativa que haga las veces de tal.
– No permitir la acumulación de personas a la espera del servicio (comúnmente denominada “cola” de personas en el interior del local).
– Utilizar manteles y servilletas descartables o desinfección de mesas adecuada cada vez que cambien los comensales.
– Extremar medidas de higiene.
– Solicitar que se adhieran al protocolo provincial para que todos los empleados que viajaron a los países en riesgo no concurran a sus lugares de trabajo.
Comerciantes:
– Extremar medidas de desinfección en probadores y ámbitos de alta circulación.
– Registro riguroso de los días y horarios que cumple cada empleado, para favorecer el accionar preventivo de los equipos de emergencia ante posible situaciones de riesgo.
– Garantizar alcohol en gel en todas las mesas y/o alternativa que haga las veces de tal.
– Intensificar medidas de higiene.
– Solicitar que se adhieran al protocolo provincial para que todos los empleados que viajaron a los países en riesgo no concurran a sus lugares de trabajo.
Empresas de transporte público:
– Extremar las medidas que fuesen necesarias para colaborar en la prevención de la transmisión y/o contagio del Coronavirus (COVID-19).
– Desinfectar los colectivos, remises y combis diariamente.
– Sumar alcohol en gel en todas las mesas y/o alternativa que haga las veces de tal.
– Intensificar campañas de concientización en las unidades para prevenir el contagio.
– Brindar información a los pasajeros sobre los protocolos de licencias a las personas que viajaron a los países en riesgo
para que no concurran a sus lugares de trabajo.
– Solicitar que se adhieran al protocolo provincial para que todos los choferes y empleados que viajaron a los países en riesgo para que no concurran a sus lugares de trabajo.
ARTICULO 7º: Recomendar a la población que adopte las siguientes precauciones:
– Lavado de manos frecuente con agua y jabón.
– Cubrirse la nariz y la boca con el pliegue del codo o usar un pañuelo descartable al toser o estornudar (descarte inmediato).
– Ventilar los ambientes.
– Limpiar frecuentemente los objetos y las superficies que se usen con frecuencia.
– Contacto inmediato con el sistema de salud ante la presencia de fiebre y síntomas respiratorios.
– Personas de 65 años y mayores de esa edad: se recomienda el aislamiento social; fundamentalmente, lugares cerrados con concurrencia importante de personas y visitantes sintomáticos, o que hayan transitado en área de transmisión.
– No viajar a áreas de transmisión comunitaria del virus.
– Viajeros provenientes de zonas de transmisión con síntomas: concurrir a los establecimientos de salud públicos o privados.
– Viajeros provenientes de zonas de transmisión: aislarse en su domicilio y no concurrir a lugares públicos (ámbitos laborales, recreativos, deportivos, sociales) durante catorce (14) días.
ARTICULO 8º: Disponer una licencia de carácter excepcional a todas aquellas personas trabajadoras del Sector Público municipal, cualquiera sea su régimen estatutario, que provengan o hayan transitado por países con mayor casos positivos de nuevo coronavirus (COVID-19), según el listado que el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires estipule en la Página Web Oficial, durante los catorce (14) días inmediatos anteriores al arribo a la República Argentina.
ARTICULO 9°: Comunicar el presente a Policía Comunal, Cámara de Comercio e Industria Producción y Bienes Raíces de la Ciudad de 9 de Julio, Instituciones Civiles intermedias, Asociaciones y/o a quienes más corresponda. Publíquese en el Boletín Oficial Municipal. Regístrese y Archívese.

Agua de red para el loteo del ex-matadero

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La Municipalidad de Nueve de Julio se encuentra ejecutando obras para llevar adelante el tendido de agua de red al loteo realizado en la zona del ex Matadero Municipal.
Los trabajos se iniciaron en la intersección de calle Heredia y Av. Compairé, extendiéndose por esta última hasta Joaquín V. González, desde donde la red de la empresa prestataria ABSA ingresará a la zona del loteo, abarcando en primera instancia a las manzanas ya abiertas y a los lotes oportunamente entregados.

Kicillof decretó la emergencia sanitaria en la provincia de Buenos Aires

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El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, firmó este jueves el decreto que declara el estado de emergencia sanitaria para la Provincia por el término de 180 días, para dar una respuesta integral e inmediata en la actual fase de contención del virus COVID-19 (coronavirus). De esta manera, el Ministerio de Salud podrá instrumentar las medidas necesarias para actuar de manera eficiente y detectar casos sospechosos tempranamente, como así también monitorear brotes y contribuir a la prevención.

El decreto establece la suspensión de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo y social de participación masiva por el plazo de 15 días, que podrá ser prorrogado según recomendaciones del Ministerio de Salud. Solamente se realizarán, sin público, aquellas actividades cuya reprogramación resulte imposible. También se contempla el cierre de museos, centros culturales y otros espacios artísticos y recreativos.

Por otro lado, la norma instruye la aplicación de medidas para prevenir la propagación del virus en establecimientos educativos, que serán determinadas por la Dirección General de Cultura y Educación. También se instrumentarán las acciones necesarias para evitar su contagio en establecimientos penitenciarios.

Finalmente, el Gobernador faculta a todas las dependencias de la Administración Pública provincial a establecer modalidades de trabajo flexibles para responder a esta contingencia. Esta disposición se suma al decreto n°127/2020 que estableció una licencia de carácter excepcional para las y los trabajadores que hubiesen ingresado a la Argentina desde países con casos confirmados de coronavirus.

Así, el Gobierno de la provincia de Buenos Aires continúa instrumentando las medidas necesarias para prevenir el contagio de esta enfermedad, en coordinación con el Gobierno Nacional y los municipios. Se encuentra además disponible el número 148 que atiende las 24 horas a todas aquellas personas con síntomas o dudas al respecto.

Coronavirus: recomendaciones para el aislamiento

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La Municipalidad de 9 de Julio dio a conocer hace algunos minutos, una serie de recomendaciones para quienes se encuentran en aislamiento domiciliario, para evitar contacto social por 14 días.

Del mismo modo, se hace hincapié en la utilización de fuentes de información confiables.

Chocaron dos camiones: un nuevejuliense fallecido

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En horas de la mañana de hoy, bajo un intenso manto de niebla que se hizo presente sobre una amplia región, se produjo un fatal accidente de tránsito al chocar dos camiones en Ruta 5, a escasos metros del acceso a la localidad de French. Murió una persona y otra quedó herida (de 9 de Julio), en tanto la tercera persona involucrada resultó ileso (de Trenque Lauquen).
El hecho ocurrió minutos después de la hora 8 en la Ruta Nacional 5 a la altura del kilómetro km 276. Por motivos que se tratan de establecer colisionaron los rodados.
Un camión térmico Mercedes Benz patente SUM 338, era conducido por Santiago E. Camou (de 47 años) y como acompañante Raúl Basualdo (38 años) con domicilio en 9 de Julio. En un camión Scania 113 dominio TAC648 con acoplado pte. WVI668, viajaba Gastón Damión Aro de 32 años con domicilio en Trenque Lauquen.
Como consecuencia del siniestro el acompañante del camión térmico, Raúl Basualdo falleció de inmediato. En tanto el conductor Santiago Camou fue trasladado al Hospital revistiendo lesiones de caracter «Graves». El conductor del camión Scania, oriundo de Trenque Lauquen resultó ileso.
Se hizo presente al lugar personal del Destacamento French, Personal de la Estación de Policía de 9 de Julio, ambulancias, Bomberos Locales, Personal de Policía Científica de Bragado y Doctor Horacio Capurro de la Ayudantía Fiscal de 9 de Julio. Interviene UFI 6 Mercedes. Las actuaciones fueron caratuladas como «Homicidio culposo» y «Lesiones culposas».
El camión Scania circulaba en sentido Trenque Lauquen – 9 de Julio y terminó abajo de la banquina después de haber cruzado la ruta e impactado con el camión Mercedes Benz que iba en sentido contrario (9 de Julio – French). Se tiene que determinar la causa del cruce de uno de los camiones, que podría haber sido por esquivar a un vehículo que no fue alcanzado.