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lunes, diciembre 2, 2024

El Gobierno seguirá con los ATP para el pago de salarios hasta fin de año

El Gobierno nacional extendió la vigencia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) establecido por el Decreto 332/20 y sus modificatorios, hasta el 31 de diciembre de 2020.
Lo hizo a través del decreto 823/2020 publicado este martes en el Boletín Oficial, que indicó que “si bien se observa una recuperación de la actividad económica, la misma evidencia heterogeneidad sectorial y territorial”.
En consecuencia sostuvo que “resulta pertinente extender la temporalidad de la asistencia comprendida en el ATP para empleadores y empleadoras, y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia e independientes, adecuándolo a las necesidades imperantes en la actualidad y a los cambios que se han producido y se van produciendo en la realidad económica”.
El ATP se puso en marcha en marzo tras la declaración de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) por la pandemia del coronavirus, y durante estos meses fue incorporando beneficios tanto para empleadores como a trabajadores. Comprende la asignación compensatoria del salario; créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos; préstamos a tasa subsidiada convertible y reintegro de los mismos; y un sistema integral de prestaciones por desempleo.
El programa de asistencia prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación interanual accedan al salario complementario, equivalente al 50% del salario neto.
Por su parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un crédito a tasa subsidiada, cuya tasa de interés será en todos los casos del 15%.
Ese crédito a pagar en cuotas a 12 meses tiene, además, un incentivo para las empresas ya que podrán transformar parte o todo el préstamos en subsidios del Estado en función de la creación de puestos de trabajo, a partir de parámetros de empleo interanuales.
El trámite para acceder a un crédito a tasa subsidiada, que se acredita directamente en la cuenta bancaria del trabajador, se inicia a través del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y los préstamos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada por cada empresa.
Los cambios
Cabe recordar que la última etapa del ATP tuvo cambios, y a partir de la sexta ronda se estableció que el salario neto resulte equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada hasta agosto de 2020.
Además, se ratificó que el Salario Complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% del salario neto, con lo cual el resultado así obtenido no podrá ser inferior a la suma equivalente a 1,25 salario mínimo vital y móvil ($ 21.093,75) ni superior a la suma equivalente a dos Salarios Mínimos ($ 33.750).
Hace tres semanas, el Gobierno también declaró 15 nuevos sectores como críticos, y los incluyó en el ATP6, de acuerdo con las recomendaciones del Acta 21 del Comité de Evaluación y Monitoreo, que destacó la necesidad de “ampliar la nómina de las actividades que se consideran afectadas en forma crítica”.
Entre las quince actividades incorporadas se cuentan los servicios para la aeronavegación; de hangares y estacionamiento de aeronaves; y complementarios para el transporte aéreo, alquileres de automóviles y de equipo de transporte, la elaboración de vinos; la fabricación de accesorios y prendas de vestir de cuero; artículos regionales; marroquinería y paraguas. (DIB)

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