El Consejo Superior de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP)
aprobó una disposición que establece como requisito para la
participación en cualquier actividad presencial en todas sus
facultades y dependencias, contar con al menos una dosis de las
vacunas autorizadas contra el coronavirus. La medida, aclararon,
rige para los mayores de 18 años, exceptuando a los alumnos de los
colegios preuniversitarios.
La norma aprobada señala que “resultará requisito para la
participación en cualquier actividad presencial en todo el ámbito
de la UNLP la acreditación del transcurso de 21 días corridos desde
la inoculación de la primera dosis de alguna de las vacunas
autorizadas para generar inmunidad adquirida contra la Covid-19”.
La iniciativa fue impulsada en virtud “de la necesidad de seguir
incorporando, de manera paulatina, mayor cantidad de actividades
presenciales, tanto en el ámbito administrativo como académico”.
La disposición prevé que “el servicio de salud de la Universidad
recibirá, considerará y resolverá las solicitudes de habilitación
especial -de quienes no se han vacunado-que se justifiquen en
motivos médicos debidamente acreditados, emitiendo las constancias
que correspondan.
Objeción de conciencia
El documento aclara que: “El caso de quienes soliciten excepción
con motivo de una objeción de conciencia, merece un detenido
tratamiento, con el fin de asegurar dos objetivos primordiales: por
un lado, que el valor salud pública se priorice sobre el de las
preferencias individuales. Al mismo tiempo, y con lógica similar,
que las preferencias particulares no obstaculicen el normal
desarrollo de las altas funciones universitarias”. De esa manera,
“cuando la solicitud de habilitación especial se fundamente en
razones no médicas, el servicio de salud remitirá la cuestión a una
Comisión ad hoc”.
En los casos en que la Comisión rechace por infundada una solicitud
de habilitación especial, la disposición establece que “si la
actuación presencial fuera igualmente necesaria para asegurar el
normal desenvolvimiento de las funciones universitarias, el
interesado deberá acreditar semanalmente ante el servicio de salud
un test negativo de virus SARS-CoV-2. La falta de acreditación
oportuna impedirá el ingreso y se considerará inasistencia
injustificada”.