La Municipalidad de Nueve de Julio, a través de la Dirección de Tránsito, recuerda que, en cumplimiento de artículo 18 de la Ley de Tránsito 4618, está prohibido estacionar en zonas urbanas a menos de cinco metros de la línea de edificación de las esquinas o sobre las sendas peatonales, rampas de discapacitados y puertas de garajes; a la vez que advierte que se aplicarán multas por incumplimiento de tal disposición.
