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jueves, abril 25, 2024

El incentivo a fabricantes de bienes de capital sigue vigente

[13 de abril de 2011] Hasta el mes de diciembre de 2011 se extendió el plazo para presentar la documentación respectiva, concerniente al  régimen de incentivo a fabricantes de bienes de capital nacional. Se trata de un beneficio (o subsidio) que otorga el Estado, y consiste en entregar un monto equivalente al 14 % de la facturación de venta que hagan los fabricantes de todo tipo de maquinas e implementos utilizados en cualquier etapa del proceso productivo industrial, agropecuario, minero o forestal; como así también productos de informática y telecomunicaciones.

Miguel Olivares (foto), representante de una empresa consultora de la ciudad de Buenos Aires, que realiza gestiones de reintegro de bienes de capital, en diálogo con EL 9 DE JULIO, explicó los alcances de las tramitaciones que deben realizar en este sentido.

Según Olivares, «este trámite es muy engorroso y las empresas deben realizarlo a través de las consultoras».

De acuerdo con las informaciones brindadas por el entrevistado, se trata de «un reintegro que, desde el 2001, se refiere a los bienes de capital».

«El fabricante de un artículo que puede servir para fabricar otra cosa, otro producto, entra dentro de este reintegro; por ejemplo, en la fabricación de maquinaria agrícola, galpones, acoplados, herramientas hidráulicas».

Este reintegro, según Olivares,  desde 2001, «daba una ventaja con respecto al fabricante de Brasil, que traía su producto con un arancel 0«.

El especialista en este tipo de gestiones, aclaró que «las empresas que pueden entrar en el beneficio de ese reintegro, deben reunir determinados requisitos, para la renovación anual, los cuales hoy en día son bastante engorrosos».

«Ante la complicación causada por la documentación que debe ser presentada, el empresario se encuentra con una disyuntiva entre seguir percibiendo el reintegro del 14 por ciento o dejar de realizar la venta», dijo.

Por otra parte, Olivares instó a los empresarios susceptibles de ser beneficiarios con  esta medida, a consultar con las empresas encargadas de efectuar estas gestiones, para recibir el asesoramiento correspondiente y poner en condiciones la documentación necesaria; pues, de lo contrario, «el primer perjudicado de la empresa que no cumple debidamente con este reintegro, es el operario».

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