spot_img
spot_img
17.8 C
Nueve de Julio
jueves, abril 18, 2024

15 de marzo: Día Mundial de los Derechos del Consumidor

dia_consumidor_2011En 1983 la ONU instituyó el Día Mundial de los Derechos del Consumidor, cuya celebración conmemora el discurso que el presidente estadounidense John F. Kennedy pronunció el 15 de marzo de 1962 ante el Congreso de su país y en el que, entre otras, hizo las siguientes consideraciones:
«Ser consumidor, por definición, nos incluye a todos. Somos el grupo económico más grande en el mercado, que afecta y es afectado por casi todas las decisiones económicas públicas… Pero es el único grupo importante cuyos puntos de vista a menudo no son escuchados».
Por primera vez el consumidor fue considerado un elemento fundamental dentro del proceso productivo, se reconoció su relevancia política y se instó a las instituciones a arbitrar medidas para la protección de sus derechos.
El 9 de abril de 1985, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó las Directrices de la ONU para la Protección de los Consumidores, declaración de derechos que hoy goza de reconocimiento internacional:
1.Al consumo: es la oportunidad que tienen los consumidores de poder obtener o tener acceso a bienes y servicios que satisfagan sus necesidades básicas como educación, salud, vivienda y alimentación.
2.A elegir: es el derecho que tenemos a escoger entre una diversidad de productos y servicios diferenciados, que se ofrezcan en el mercado, como colores, modelo, tamaño, precio, etc.
3. A la seguridad: a obtener productos o servicios que no representen peligro potencial para la salud, como productos vencidos, alteradas la fechas de vencimiento, deteriorados, etc.
4. A la compensación o resarcimiento: es el derecho a obtener una respuesta ante reclamos justos, como por ejemplo: sí compramos un bien que no podemos utilizar a su máxima capacidad o viene defectuoso de fábrica, tenemos el derecho de exigir la reparación, el cambio o hasta la devolución del dinero pagado por el mismo.
5. A ser escuchado: en la atención a los problemas particulares, por entes gubernamentales y privados a fin de encontrar la solución a sus problemas a través de una representación. Estos entes son la ACODECO, la ASEP, Superintendencia de Bancos, etc.
6. A la orientación y educación: es el derecho del consumidor a adquirir los conocimientos y las habilidades necesarias, para actuar eficientemente en sus decisiones de consumo.
7.A la información: Obtener por parte de los proveedores, comerciantes o agentes económicos información clara, veraz y suficiente, de los productos y servicios que adquiere para que nos sean llevados a tomar malas decisiones a la hora de realizar sus compras (precio, duración de garantía, métodos de pago, intereses, etc.)

 

Más noticias