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Clases de Licencias para conducir

[21 de marzo de 2011] El Gobierno Municipal a través de la Oficina de Licencias de Conductor recuerda que el Decreto Nº 532/09 de la provincia de Buenos Aires establece en su Artículo 12 sobre Clases de Licencias, referente a ciclomotores para menores entre 16 y 18 años, entendiéndose por moto de menor potencia la compendida entre 50cc. y 150cc., debiéndose acreditar habilitación previa de 2 años para ciclomotor y la Ley Provincial de Tránsito y Seguridad Vial Nº 13.827 en su Artículo 12 establece motocicletas (incluidos ciclomotores, triciclos y cuatriciclos) de más de 150cc.y hasta 300cc.

Previamente se debe haber tenido habilitación por 2 años para una motocicleta de menor potencia que no sea ciclomotor.

La Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 24.449 en el Art. 16 las

Clases de Licencias para conducir automotores son:

Clase A) Para ciclomotores, motocicletas y triciclos motorizados. Cuando se trate de motocicletas de más de 150 centímetros cúbicos de cilindrada se debe haber tenido previamente por 2 años habilitación para motos de menor potencia, excepto los mayores de 21 años.

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