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miércoles, abril 17, 2024

Autoridades de la AFIP expusieron sobre el Régimen de Sinceramiento Fiscal

En el marco de una campaña de difusión acerca de la Ley de Sinceramiento Fiscal (Ley Nº 27.260) que se encuentra en vigencia, anoche, en el salón auditorium de la Cámara de Comercio e Industria de esta ciudad, autoridades de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ofreció una interesante y pormenorizada conferencia informativa. Encabezaron esta reunión el contador Gustavo Pulido, Director Regional de la Dirección Regional Junín de AFIP; la contadora Fernanda Manavella, Jefe de la División Capacitación de la Dirección Regional Junín y el contador Hugo Cervatte, jefe del Distrito 9 de Julio de AFIP.
Si bien la charla era abierta al público en general, se hicieron presentes en la misma contadores, notarios, comerciantes y empresarios de diferentes rubros.
En diálogo con EL 9 DE JULIO, el contador Gustavo Pulido, explicó que «el Régimen de Sinceramiento Fiscal es un sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior».
«El mismo -añadió- está destinado a todos los ciudadanos, aún para quienes no saben que les sirve; por ejemplo, pequeños patrimonios no declarados. Si bien la herramienta está disponible hasta el 31 de mayo de 2017, hay plazos y costos asociados que beneficia a aquellos contribuyentes que accedan al blanqueo o a la moratoria en forma inmediata».
La aludida Ley incluye un plan de pagos que permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 31 de mayo de 2016, inclusive. La adhesión posibilita la condonación de multas e intereses resarcitorios y punitorios.
De acuerdo a lo explicado por el contador Pulido, «las personas que hayan cumplido con sus obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social, en tiempo y forma, serán beneficiadas con la exención en el Impuesto sobre los Bienes Personales por los períodos 2016, 2017 y 2018». Además, los empleados en relación de dependencia que no se encuentren alcanzados por el impuesto citado, quedarán exentos del impuesto a la Ganancias aplicable a la primera cuota del aguinaldo del período 2016.
La contadora Fernanda Manavella, en el mismo sentido, recordó que «todos los ciudadanos pueden consultar online las características de esta herramienta, ingresando a Sinceramiento Fiscal, sitio en donde se detalla Declaración patrimonial, Moratoria, Beneficios a cumplidores y Preguntas Frecuentes». La página web de la AFIP es www.afip.gob.ar.
El próximo vencimiento importante a tener en cuenta para acceder a los beneficios de esta Ley es el 31 de octubre de 2016, fecha límite para la exteriorización de pesos y dolares en efectivo. El trámite deberá estar concluido el 24 de octubre, fecha límite que se estableció para la emisión del Volante Electrónico de Pagos (VEP).
Tal como lo indicó el contador Gustavo Pulido, «vencido el plazo para el acogimiento a la Ley 27.260, a partir del 1º de abril de 2017, el Estado espera un índice de formalidad mayor que beneficiará a todos los habitantes del país».

afip14

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