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jueves, abril 25, 2024

Pagarán tarifa social titulares de planes, jubilados y quienes cobren el mínimo

La nueva tarifa social empezará a correr desde febrero.
Poco a poco, el gobierno nacional empieza a develar cómo funcionará el nuevo régimen de energía eléctrica para los usuarios domiciliarios. Mientras este miércoles dispuso un aumento en el monto que cobran las empresas generadoras, este jueves avanzó un paso más y autorizó a las empresas Edenor y Edesur a subir sus tarifas.
La suba –cuyas cifras finales aún no fueron informadas– estará acompañada por la creación de una nueva tarifa social para aminorar el impacto de los aumentos en los sectores de menores ingresos. Por el momento, el Gobierno tampoco dijo de cuánto será esa tarifa social.
Los trabajadores en relación de dependencia que ganan hasta $12.120 mensuales en bruto tendrán tarifa social.

Los requisitos para recibir la nueva tarifa social
Según se publicó este jueves en la Resolución 7/2016 difundida por el Boletín Oficial, aquellos usuarios que deseen acceder al beneficio deberán cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
1) Ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional
2) Personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVyM). Hoy el SMVyM se encuentra en $6.060, por lo que la cifra que se tomará como referencia será $12.120.
3) Ser titular de programas sociales.
4) Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social.
5) Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239).
6) Estar percibiendo el seguro de desempleo.
7) Contar con certificado de discapacidad.
Los jubilados que ganan hasta $8.598 mensuales ingresarán dentro de la tarifa social.

Los motivos por los que un usuario puede ser excluido de la tarifa social:
Pero aún cumpliendo alguno de los requisitos arriba nombrados, los usuarios pueden quedar automáticamente descartados del sistema si se encuentra en una o más de las siguientes situaciones:
1) Cruce por padrón de fallecidos.
2) Registro de propiedad Inmueble —quedará excluido cuando sea titular de más de un inmueble.
3) Padrón de Automotores —quedarán excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta 15 años de antigüedad.
4) Embarcaciones de lujo —quedarán excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo.

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