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jueves, marzo 28, 2024

Derecho en Casa: Fundaciones

Por Luis Beraza
Por Luis Beraza

Las fundaciones constituyen una herramienta útil para llevar a cabo proyectos tendientes al bien común o para satisfacer intereses de la comunidad no del todo cubiertos por el Estado o particulares.
Las fundaciones requieren constituirse por instrumento público y necesitan autorización estatal para funcionar. Su seña particular es que pueden ser creadas por actos de última voluntad, esto es, una persona puede decidir por testamento la conformación de una fundación mediante los legados correspondientes (por supuesto sin afectar la “legítima”).
El acto constitutivo de la fundación no se diferencia mucho del de una asociación civil, salvo en lo que hace a formas y tiempos de integración de los recursos. La diferencia más grande radica en la estructura: la fundación no tiene miembros (socios), sino órganos de conducción y beneficiarios. También sufre un control estatal más estricto en relación a su funcionamiento, al cumplimiento del fin establecido, y a un posible cambio de objeto.
Por ello la seriedad de su plan de acción adquiere gran importancia para su admisión como fundación. El mismo debe tener indicaciones precisas sobre la naturaleza, las características y el desarrollo de las actividades previstas para el cumplimiento del fin en plazos trienales. También las bases presupuestarias para realizarlo.
Una de las limitantes para constituir una fundación estriba en que los aportes iniciales deben posibilitar el cumplimiento de los fines establecidos. De ahí la importancia de consignar en su acta constitutiva no sólo los aportes presentes, sino también aquellos futuros comprometidos por los mismos socios fundadores o por terceros.
En su defecto la autoridad de contralor evaluará si de los antecedentes de los fundadores o de las características de los programas de actividades y de la adecuación de éstos a los aportes, se admite la creación de la fundación.

(*) Dr.Luis Beraza, Abogado-
Familia. Contratos. Accidentes.
Daños y Perjuicios. Sucesiones.
Atiende en Libertad 789- Local 11
Cel. 02317-15-462734
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