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Nueve de Julio
sábado, diciembre 14, 2024

TODAS SOMOS SANDRA

Por Dra. Maria Celina Urtazún
Por Dra. Maria Celina Urtazún

A cuatro años del femicidio de Sandra Villalba, mi conmoción  e impotencia   siguen vigentes. No me resigno  al tema  porque la muerte de Sandra se podría  haber evitado, como tantos casos de violencia  de género que atraviesa  nuestra comunidad. La muerte de Sandra fue un femicidio, es la forma más extrema  de violencia contra la mujer, término  que fue incorporado por primera vez por la norteamericana  Diana Russell  en 1976 y luego fue muy trabajado por Marcela Lagarde, Rita Segato entre otras. Nuestro código penal lo recepta   a partir de la mo- dificación introducida el 14 de noviembre del 2012 la Cámara de Diputados sancionó la ley 26.791. Tras dicha reforma se incorporó el femicidio en el cuerpo normativo, como figura agravada del delito de homicidio simple. La reforma introdujo la modificación y ampliación del inciso 1º del artículo 80 del Código Penal que prevé una pena de reclusión o prisión perpetua, para quien matare a su “as- cendiente, descendiente, cónyuge o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no violencia”. Con respecto al inciso 4º del mismo artículo, se incorporó la motivación por odio “de género, o a la orientación sexual, identidad de género o a su expresión”.
También se agregaron los incisos 11º y 12º al articulo 80. El primero de ellos define concretamente la figura del femicidio que consiste en el crimen de una mujer como consecuencia de la violencia de género. Las penas previstas para este tipo de delito es la de reclusión o prisión perpetua para quien matare a “una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”. Por su parte, también se contempla la misma pena para la situación planteada en el nuevo inciso 12º que prevé el caso del que matare a otro “con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inciso 1º”.-
Por último, con la reforma del artículo 80 in fine, se elimina la posibilidad de que se evalúe la existencia de circunstancias extraordinarias de atenuación de la pena “a quien en una ocasión anterior hubiera realizado actos de violencia contra la mujer victi- ma”.-
Argentina es uno de los países de la región  donde se ha avanzado mucho para lograr un marco legislativo adecuado en el campo de la violencia de género, pero debido a la falta de imple- mentación y las dificultades de las mujeres a la hora de acceder a la justicia, esto no es suficiente para garantizar que niñas y mujeres no sean víctimas de violencia, es necesario acompañar con políticas  públicas locales. El informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos “Acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia en las Américas” expresa que a pesar de que «la Comisión reconoce los esfuerzos de los Estados por adoptar un marco jurídico y político que permita abordar la violencia contra las mujeres, aún persiste una enorme distancia entre la disponibilidad formal de ciertos recursos y su aplicabilidad efectiva. Este informe también afirma que “existe una gran brecha entre la incidencia y la gravedad del problema y la calidad de la respuesta judicial ofrecida”. La administración de la justicia está influenciada por los estereotipos de género y la discriminación, y, en consecuencia, da lugar a medidas que protegen al agresor y victimizan a la mujer, permitiendo que los actos violentos queden impunes.-
El caso de Sandra da cuenta de esta  impunidad,  que el femicida  haya gozado de una libertad encubierta por un arresto domiciliario con salida laboral, beneficio que fue otorgado  por la Cámara en feria judicial, da la pauta  de la connivencia del sistema patriarcal y el poder judicial de Mercedes.-
Impunidad que  también nos debe interpelar   como sujetos  de  esta sociedad Nuevejuliense,  comunidad que se resiste a tener un compromiso y  participación activa  en  este tema, ¿cual será el nivel de tolerancia? ¿Otro femicidio ?.-
Este viernes 17 de abril se conocerá el veredicto del juicio oral y público, la esperanza de la familia  de no resignarse  y que la respuesta sea  una sentencia  donde se apliquen las máximas de la ley  que sea una sentencia ejemplificadora y de algún modo  sea reparadora para la familia aunque el dolor sigue vigente.-
Dolor que no se agotó  con la  vivencia del femi- cidio,  se prolongo con la espera de este juicio  a lo largo de estos cuatros años que transitaron  en total soledad, sin ningún acompañamiento ni asistencia psicológica para su familia, acompañamiento que debía venir de la mano  de   los funcionarios públicos, que son los mismos que denunciaba hace cuatro años atrás en una nota pública que salió en diario local «Si matan a una, nos matan a todas» publicada el 17 de diciembre 2011, y que todo lo que allí expresaba hoy sigue vigente-
¿Cuánto más  como sociedad nuevejuliense vamos a tolerar? Han pasado tres femicidios  en esta gestión, han pasado cuatro años de aquella primer asamblea itinerante no más violencia, yo no me conformo con un tarro de pintura para un cartel.-
Porque la Comisaria de la Mujer  después de tanta lucha  en soledad desde nuestra ONG y a tres años de aquella jornada «Violencia de género desde la comisaria de la Mujer: equipos de comisarías de Carlos Casres, Los Toldos y Pehuajo» sea una realidad concreta.-
Porque  de una vez por todas nos podamos sentar todos los actores en una mesa y podamos entre todos resolver la problemática de violencia de género para nuestra comunidad.-
Porque el abordaje de la violencia de género trasciende la política partidaria, es una obligación plasmada en nuestra norma fundamental Constitución Nacional .-
Porque la comunidad cada día tome conciencia , que este es un problema que nos involucra a todos y a todas por igual.-
TODAS SOMOS SANDRA!!
Contacto ONG: [email protected], Face: Espacios de mujeres por la Equidad de Género, como grupo y como pagina.-

*Maria Celina Urtazún, integrante de la ONG Espacio de Mujeres por la Equidad de Género Nueve de Julio (EMENJ), abogada en ejercicio, Especializada en Genero y Derechos Humanos , Fac.Cs.Jcas UNLP, Especializada en Educación , genero y sexualidad, Fac. Humanidades y Cs. de la Educación UNLP, Doctoranda en ciencias sociales UNLP, Maes- tranda Derecho Notarial , registral e Inmobiliario Universidad Notarial, docente en ejercicio egresada ISFD N º9 La Plata, investigadora Proyecto de investigación 11/J/129, UNLP « Las violencias contra las mujeres: los discursos en juego  y el acceso a la Justicia, incio1/1/12 hasta 31/12/15,Directora: Dra.Manuela Gonzales, integrante del Instituto de Cultura Jurídica de la Universidad Nacional de La Plata desde el año 2010, disertante en congresos y conferencias, extensionista en diversos proyectos de barrios periféri- cos de la Plata , el conurbano y en la ciudad de  9 de julio,  capacitadora equipo de género CTA en ámbito de la provincia, Asesora legislativa en genero cámara diputados, integrante  y activista en la Red de monitoreo de Políticas públicas prevenir, sancionar violencia de género en el ámbito de la provincia de Bs-As, militante social y feminista  –

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