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Nueve de Julio
martes, abril 23, 2024

Los Concejales del FpV K realizan pedido de informe por la utilización de agroquímicos

El bloque de concejales del FPV K, realizo pedido de informe al intendente por el uso de agroquímicos. El pedido esta fundado en que la responsabilidad de los municipios es garantizar en la ejecución de sus políticas de gobierno la observancia de los derechos de los ciudadanos a gozar de un ambiente sano y adecuado para el desarrollo armónico de la persona, según ordenanza nº 3083, éste Municipio adhiere a la ley provincial de agroquímicos nº 10.699/88 y su decreto reglamentario nº 499/91, asimismo a la Constitución Nacional que en su artículo 41 garantiza a “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.
El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.(…)
Que a través de la ordenanza nº 4821 sancionada por este Honorable Cuerpo se establece la regulación sobre el uso de agroquímicos en el partido de 9 de Julio.
El bloque de concejales del FpV-K presenta el siguiente
PEDIDO DE INFORME:
ARTÍCULO 1: Este Honorable Concejo Deliberante solicita al Intendente Municipal que informe:
1. Si a través del área correspondiente tomó conocimiento de la cuestión y, en caso afirmativo que acciones concretó para solucionar la problemática de los vecinos.
2. Si como corresponde por Ley,  la Municipa- lidad posee en archivo la receta agronómica del día y la fecha que se realizó la fumigación , quien autorizó y qué tipo de productos se aplicaron. (clase y banda ).
3. cantidad de inscripciones realizadas de las personas físicas y/o jurídicas dedicadas a las actividades expresadas en el articulo 2 de la ordenanza 4821, como así también de los equipos utilizados para la aplicación de plaguicidas agrícolas por cuenta de terceros, según registro anual actualizado.
4. Categorización realizada a las empresas en zona urbana preexisten- tes a la sanción de la ordenanza 4821.
5. Listado actualizado del personal municipal capacitado para la correcta aplicación de la ordenanza.
6. Cantidad de sanciones realizadas, si las hubiera, discriminadas según lo expresa la ordenanza 4821
ARTÍCULO 2: De forma.

BLOQUE DE CONCEJALES FPV-K
Guillermo Rodríguez
Noelia Gatti
Alberto Capriroli
María Elena Defunchio

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