La reticencia a aceptar el liderazgo de un extranjero en 1866
Por Héctor José Iaconis.

Un episodio singular ocurrió en abril de 1866 en 9 de Julio, apenas fundado y en el alba de la conformación institucional del gobierno municipal. Pedro N. Tobal rechazó su designación como teniente alcalde del cuartel primero aduciendo que, «como argentino dispuesto a servir a la patria», no aceptaba subordinarse a Alejandro O. Cruz, alcalde titular del mismo cuartel, por ser éste «un extranjero».
Este suceso, documentado por Buenaventura N. Vita, primer historiador de 9 de Julio, trasciende la mera anécdota local para convertirse en un testimonio elocuente de las actitudes xenófobas que, si bien minoritarias, existieron tempranamente en sectores del vecindario.
Cabe recordar que el vocablo «xenofobia» proviene del concepto griego compuesto por xénos (“extranjero”) y phóbos (“miedo”). La xenofobia, según la definición más generalizada, refiere al odio, recelo, hostilidad y rechazo hacia los extranjeros; también suele utilizarse en forma extendida con el rechazo hacia los grupos étnicos o hacia las personas cuya fisonomía social, cultural y política se desconoce.
El análisis de este incidente permite examinar las tensiones entre el marco legal formal, que no establecía restricciones por origen nacional para el ejercicio de cargos municipales, y las prácticas políticas concretas, atravesadas por prejuicios identitarios. Asimismo, el episodio invita a reflexionar sobre los modos en que se construyó el núcleo social en espacios caracterizados por una notable diversidad de orígenes, donde convivían pobladores criollos, inmigrantes europeos, orientales, indígenas de tribus amigas y contingentes militares provenientes de distintas provincias.
EL CONTEXTO FUNDACIONAL: ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL EN LA FRONTERA
El 1º de enero de 1866 entró en vigencia la nueva división territorial de los partidos situados al exterior del río Salado, parte de una política sistemática del gobierno de la provincia de Buenos Aires orientada al avance y consolidación de la frontera con el territorio indígena. En ese marco, mediante decreto del 20 de diciembre de 1865, se designó a Edelmiro Moura como juez de paz del flamante Partido de 9 de Julio, quien instaló formalmente el juzgado el 6 de enero de 1866, en medio de la satisfacción general del vecindario, que celebró este acontecimiento como un hito fundacional en la vida civil de la comunidad.
La organización administrativa de los partidos bonaerenses se regía por la Ley de Municipalidades sancionada el 11 de octubre de 1854 y su decreto reglamentario del 2 de febrero de 1856. Esta normativa establecía la creación de corporaciones municipales compuestas por miembros titulares y suplentes, elegidos mediante comicios populares con mandato bienal. El juez de paz, designado anualmente por el gobierno provincial, ejercía como presidente nato de la corporación y concentraba, además, las funciones de jefe de policía y comandante militar. Esta configuración institucional evidenciaba el carácter incipiente de la división de poderes en el ámbito local y otorgaba al juez de paz una preponderancia que generaría no pocas tensiones políticas significativas.
El domingo 18 de febrero de 1866 se realizó la elección de los primeros miembros de la Corporación Municipal. En un acto electoral caracterizado por la simplicidad propia de los comicios de campaña, con electorado reducido y lista única, resultaron elegidos como municipales titulares Horacio Gutiérrez, Luciano Márquez, Floro L. Vega y Bernardo Raymundo, mientras que Domingo Otero Carballo y Gregorio Godoy ocuparon los cargos suplentes. Tras la aprobación gubernamental mediante decreto del 2 de marzo, quedó formalmente constituido a principios de ese mes el primer gobierno municipal del Partido, bajo la presidencia del juez Moura.

EL RECHAZO XENÓFOBO
Una vez instalada la Corporación Municipal, entre sus primeras resoluciones figuró la división del Partido en cuatro cuarteles y la nomenclatura de las calles de la traza urbana. En la sesión del 10 de abril de 1866, el cuerpo procedió a designar a los vecinos que desempeñarían los cargos de alcaldes y tenientes alcaldes en cada cuartel, funciones que, de acuerdo con la legislación vigente, implicaban colaborar con el juez de paz en la administración de justicia y el mantenimiento del orden público en sus respectivas jurisdicciones. Los alcaldes y tenientes alcaldes de cuarteles eran nombrados por el gobierno a propuesta de las respectivas corporaciones municipales, configurando una estructura jerárquica de autoridad que se extendía desde el pueblo hacia la campaña.
Para el cuartel primero, que comprendía la traza del pueblo y una extensión circundante, se lo designó como alcalde a Alejandro O. Cruz y como teniente alcalde a Pedro N. Tobal. Para el segundo cuartel recayeron las designaciones en José Domingo Luna como alcalde y José R. Sanz como teniente; para el tercero fue nombrado alcalde Pedro Ramírez; y para el cuarto, Luciano Márquez como alcalde y Patricio Lagarreta como teniente. Cabe señalar que el cuartel tercero comprendía también la Tapera de Díaz y sus alrededores, siendo moradores del mismo las tribus de Coliqueo y Raninqueo, lo cual añadía complejidades particulares a la administración de esa jurisdicción.
El 11 de abril, Alejandro O. Cruz aceptó formalmente su designación como alcalde del cuartel primero. No obstante, la respuesta de Pedro N. Tobal resultó diametralmente opuesta. En nota fechada el 13 de abril de 1866, Tobal agradeció la designación hecha en su persona, «la que como argentino dispuesto a servir a la patria, no acepta por ser su superior un extranjero». Este rechazo, fundado exclusivamente en el origen extranjero de Cruz, constituye un episodio documentado de xenofobia en la historia institucional de 9 de Julio y revela la presencia de prejuicios discriminatorios en un sector del vecindario, pese a que la legislación vigente no establecía restricción alguna por nacionalidad para el ejercicio de cargos municipales.
Alejandro O. Cruz era oriundo de la República Oriental del Uruguay, dato que subraya la condición de extranjero del alcalde designado y que resultaba, para Tobal, un impedimento moral insalvable para aceptar su autoridad.
ANÁLISIS DEL EPISODIO
El rechazo de Tobal admite múltiples lecturas que trascienden la mera anécdota local y permiten iluminar aspectos fundamentales de la construcción de identidades políticas en la Argentina decimonónica. En primer lugar, el episodio evidencia la pervivencia de concepciones excluyentes pertenencia nacional, según las cuales solamente los nacidos en territorio argentino poseían legitimidad plena para la ejercer autoridad pública, aun en los niveles más modestos de la administración. Esta concepción contradecía tanto el espíritu liberal de las constituciones nacional y provincial como la realidad demográfica de la campaña bonaerense.
La formulación empleada por Tobal resulta particularmente reveladora desde el punto de vista discursivo. Al presentarse como «argentino dispuesto a servir a la patria», construye una identidad nacional excluyente que niega implícitamente esa disposición patriótica al extranjero. De este modo, Tobal no solamente rechaza la subordinación administrativa a Cruz, sino que cuestiona la legitimidad misma de que un extranjero ejerza funciones de gobierno, por modestas que éstas fueren. Dicho en otros términos, la objeción no se funda en cuestionamientos a la idoneidad personal de Cruz, a su capacidad, su honorabilidad o su arraigo en la comunidad, sino exclusivamente en su origen, lo cual configura un acto de discriminación en sentido estricto.
El rechazo de Tobal carecía de fundamento legal y revelaba más bien un prejuicio personal o, acaso, una actitud compartida por un sector del vecindario reacio a aceptar el liderazgo de extranjeros, incluso en los niveles más bajos de la jerarquía administrativa.
Es más, resulta llamativo que Tobal hiciera una objeción de principio basada en la nacionalidad de su superior cuando, en otros ámbitos institucionales del mismo partido, no existían tales restricciones. Varios extranjeros ocuparon cargos relevantes en 9 de Julio sin que mediaran objeciones; por ejemplo, Emilio Carballeda, quien ejerció como secretario municipal, era de origen español. Estos datos sugieren que el rechazo de Tobal representaba una posición minoritaria, aunque no por ello menos significativa como indicio de tensiones latentes en la construcción de la comunidad política local.
CONFLICTOS INTERNOS EN LA CORPORACIÓN
El incidente xenófobo protagonizado por Tobal no fue el único conflicto que perturbó el funcionamiento de la Corporación Municipal durante sus primeros meses de existencia. Apenas cuatro días después del rechazo de Tobal, el 17 de abril de 1866, tres de los cuatro municipales titulares, Horacio Gutiérrez, Luciano Márquez y Floro L. Vega, presentaron las renuncias a sus cargos, alegando discrepancias con la preponderancia que el juez de paz Moura pretendía ejercer sobre las deliberaciones del cuerpo. Estas renuncias fueron elevadas al gobierno provincial, que intervino en el conflicto mediante diversas gestiones.
Durante varios meses, la corporación funcionó con el presidente Moura y los dos suplentes, única conformación que permitía alcanzar el quórum mínimo de tres miembros para sesionar. Recién el 29 de septiembre de 1866, tras gestiones gubernamentales, los municipales renunciantes informaron que, «habiendo cesado las causas que las produjeron, que era la presión que quería ejercer el presidente Moura en las deliberaciones de la corporación», retiraban sus dimisiones. El gobierno dispuso entonces archivar el expediente, zanjándose así el primer conflicto interno de la administración municipal.
Este contexto de tensiones institucionales permite situar el rechazo de Tobal en un marco más amplio de disputas por el poder y la autoridad en el naciente partido. Ahora bien, mientras el conflicto entre Moura y los municipales probablemente respondía a desacuerdos sobre el ejercicio del poder y la autonomía del cuerpo colegiado, una cuestión genuinamente política vinculada al diseño institucional, la objeción de Tobal poseía un carácter claramente discriminatorio. Ambas situaciones confluyeron, empero, en obstaculizar el funcionamiento regular de las instituciones en un momento crítico de organización del partido, cuando resultaba imperioso consolidar las estructuras de gobierno civil en un territorio recién incorporado a la administración provincial.
Asimismo, resulta significativo que el alcalde Alejandro O. Cruz presentara también su renuncia al cargo apenas unos días después del incidente con Tobal. El 20 de abril fue designado para reemplazarlo como alcalde del cuartel primero Anselmo Díaz, quien aceptó el cargo expresando en la nota de aceptación «que lo servirá con patriotismo y dignidad hasta tanto se instale nuevamente la Municipalidad».
Resulta factible conjeturar que el rechazo público de Tobal pudo haber contribuido a un clima de malestar que tornó más difícil el ejercicio de las funciones por parte de Cruz, quien acaso prefirió retirarse antes que exponerse a nuevas manifestaciones de xenofobia.


