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Nueve de Julio
viernes, abril 26, 2024

El Tribunal de Penas rechazó la protesta de Estudiantes


En la última reunión del Tribunal de Penas de la Liga Nuevejuliense de Fútbol resolvió rechazar la protesta realizada por el Club Estudiantes en el partido de Primera B ante el Club Atlético La Niña.

 

EXPTE Nº 400 (Continuación):
AUTOS Y VISTOS:
1. La protesta presentada el día 9 de noviembre de 2022 por el Club Atl. Estudiantes de 9 de Julio por la indebida inclusión del jugador menor de 18 años, DIEZ Juan Pablo (DNI 47.142.096) del club Atl. LA Niña en el partido de la 1º Div de Ascenso del 05/11/2022, cumpliendo los requisitos necesarios para dicho (Arts. 13 y 14 del R.T.P.) Y solicitando se aplique el Art. 107 Inc. “b” y asimismo se aplique el Art. 152 del R.T.P.
2. Que habiéndose dado vista al Club Atl. La Niña por 5 días con fecha 16/11/22 se recibe el descargo efectuado por dicho club.
3. Manifiesta que surge de la planilla de partido de 4º Div. (Reserva) que el arquero Pardo Mirko tuvo que ser reemplazado a los 60 minutos al golpearse en la cabeza con un rival y con el palo, ingresando en su lugar DIEZ Juan Pablo, quien solo jugó solo 30 minutos.
Terminado el encuentro, DIEZ Juan Pablo fue inscripto como arquero suplente de la 1º Div de Ascenso y de la planilla surge que no participo en el encuentro, no ingresando en ningún momento.
Niega el hecho denunciados por el Club Atl. Estudiantes de 9 de Julio, especialmente que DIEZ Juan Pablo haya disputado dos encuentros oficiales en el mismo día.
Agrega, que al no haber integrado el equipo de 1º div, no existe infracción para aplicar el Art. 107 del R.T.P que establece la pérdida del partido para el equipo integrado por un menor que ya hubiera actuado en el mismo día en otro partido oficial.
Cita jurisprudencia del Tribunal de Disciplina del Consejo Federal del Futbol en apoyo de su postura y solicita se tenga por formalmente en tiempo y forma el descargo solicitado; se desestime la denuncia del Club Atl. Estudiantes de 9 de Julio y se absuelva al Club Atl. La Niña de culpa y cargo, haciendo reserva del recurso de apelación por ante el Consejo Federal del Fútbol.
Y CONSIDERANDO:
1. Que el Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deportes, la equidad y el derecho (Art. 32 del R.T.P.)
Que la apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes (Art. 33 del R.T.P.)
Que el fallo se dictará sin formas sacramentales y deberá contener:
a) La infracción cometida que surja de las actuaciones sumariales y con arreglo a la disposición violada.
b) La pena que corresponda con citación de la norma reglamentaria de aplicación al caso.
c) Los motivos que determinen a no dar curso a una denuncia o que eximan de sanción al imputado (Art. 34 del R.T.P)
2. Que la Regla 3 de las Reglas F.I.F.A. dispone “…que un partido es jugado por dos equipo, cada uno de ellos con un máximo de 11 (once) jugadores, de los que uno de ellos será el guardameta… El partido no comenzará si uno de los equipos tiene menos de 7 (siete) jugadores… Se podrán utilizar como máximo tres sustitutos en cualquier partido de una competición oficial…el reglamento de la competencia deberá estipular cuantos sustitutos podrán ser nombrados, de tres a un máximo de doce…los nombres de los sustitutos deberán entregarse al árbitro antes del comienzo del encuentro. Aquellos sustitutos cuyo nombre no haya sido facilitado en dicho momento no podrán participar en el partido…”
3. Que en casos análogos al traído para resolver la jurisprudencia especifica en el tema del Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior del Consejo Federal del Fútbol Argentino como bien lo cita en su descargo el Club Atl. La Niña, el jugador DIEZ Juan Pablo (DNI 47142096), menor de 18 años firmo planilla en los partidos de Reserva (casillero Nº 12) y Primera División de Ascenso (casillero Nº 12), pero solo ingreso a jugar en Reserva y no en Primera “B”, conforme surge de las planillas del Expediente.
Que, en el mismo sentido que expuso el Club Atl. La Niña, ha dicho el Tribunal citado que completar una planilla de partido, firmarla y aportar datos filia torios no es aceptación o indicación de haber participado del partido; la firma en la planilla habilita al jugador a jugar el partido, pero si no ingresó no jugó.
Integrar es efectivamente jugar. Y si el jugador no formó en el equipo que jugó el encuentro, el estar en el banco de sustitutos no reúne las condiciones objetivas del tipo reglamentario del Art. 107 del R.T.P., que es integrar el equipo. Integrar equipo no es completar el plantel, pues el equipo lo conforman los 11 (once) jugadores y quien no ingreso a jugar no participo por ello no integro equipo.
Que el jugador DIEZ Juan Pablo no jugó y por ende no integro equipo. (Conf: Consejo Federal del Futbol Boletín Oficial Nº 38/16 del 11/08/2016 Expte: Nº 3376/16, REF. Club Atletico Talleres Gral. Belgrano S/Apelación; Expte Nº 3166/15; Expte. Nº 3154/15 del B. O. 70/15; Expte Nº 1/14 del B. O. 3/14.
4. Que a mayor abundamiento, el Tribunal citado del Consejo Federal del Futbol en el Expte Nº 1530/12 resolvió en el mismo sentido respecto a un jugador inhabilitado del club Union Aconquija de las Estancias, que firmo planilla, pero no ingreso a disputar el partido, desestimando la protesta presentada por el Club Tiro Federal y Gimnasia de la Ciudad de Andalgalá.
5. Por todo lo expuesto SE RESUELVE:
a) Rechazar la protesta presentada por el Club Atl. Estudiantes de 9 de Julio contra el Club Atl. La Niña (Arts. 14, 15, 32, 33, 34, 40 y 107 Inc. “b” del R.T.P.)
b) Ordenar se registre el resultado consignado en la planilla del partido entre Atl. La Niña 1 (Uno) Vs. Atl. Estudiantes de 9 de Julio 0 (cero)
c) Destinar a la cuenta de gastos administrativos el importe depositado por el denunciante.
d) Publíquese, notifíquese y archívese.-

 

ESTE SABADO NO SE JUEGA EL ASCENSO
Con motivo del partido por el Mundial de Fútbol entre Argentina y México, este sábado a las 16 horas, la 7ma fecha del Torneo de Ascenso de la Liga de Fútbol pasa para el sábado 3 de diciembre.

LA PROXIMA FECHA (7MA)
SE JUGARA EL 3 DE DICIEMBRE

Def. Sarmiento – La Niña
Patricios – Def. la Boca
Dudignac – Estudiantes
Libre: 18 de Octubre

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