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Nueve de Julio
jueves, abril 18, 2024

Dieron a conocer las restricciones y actividades


Este sábado 22 en horas del mediodía autoridades municipales de 9 de Julio en conferencia de prensa anunciaron la adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia de la Nación, contemplando una serie de restricciones ante la situación por la segunda ola en la pandemia de Covid-19. La adhesión en el partido de 9 de Julio comienza a regir a las 16 hs y se extiende hasta el domingo 30 de mayo a las 24 horas. Se restringe la circulación desde la hora 6 hasta las 18 horas.
Participaron del anuncio en el Salón de las Américas, el Intendente Municipal Contador Mariano Barroso, el Secretario de Hacienda Contador Martín Seijo, el Asesor Legal Dr. Juan Luis Buonano y el Subsecretario de la Producción Víctor Altare.
En primer término Barroso informó que pasadas las 22 horas se publicó el decreto reglamentario de Nación, implementando las nuevas medidas que rigen desde la hora 0 de hoy. A su vez la Provincia incluyó a 128 (de un total de 135 municipios) en las restricciones contempladas por el DNU.
El Intendente Barroso señaló que hasta el mediodía de hoy la Provincia no reglamentó las actividades. «Por tal motivo, estando en Fase 3 de alto riesgo, adherimos directamente al DNU de Nación, a partir de las 16 horas de hoy».
De acuerdo a las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia de este sábado 22 de mayo publicado en el Boletín Oficial, la Municipalidad estableció una serie de medidas.
Aclararon que las medidas pueden llegar a modificarse, para restringir o flexibilizar algunas de las actividades de acuerdo a la reglamentación que establezca la Provincia de Buenos Aires.

NUEVAS MEDIDAS
A partir de las 16 hs. del sábado 22 y hasta las 24 hs. del domingo 30 de mayo
* Quedan suspendidas las actividades sociales, educativas, culturales, religiosas, turísticas y deportivas en forma presencial.

CIRCULACIÓN
– Se deberá permanecer en las residencias habituales y solo se podrá circular por cuestiones estrictamente necesarias. (Aprovisionamiento de artículos de limpieza, medicamento, alimentos y otros esenciales de necesidad) SIEMPRE EN CERCANIA A SUS DOMICILIOS.

COMERCIOS
Esenciales: Podrán estar abiertos entre las 6 y las 23 hs: supermercados, despensas, kioscos y comercios minoristas de proximidad de venta de alimentos. Podrán estar abiertos entre las 6 y las 18 hs: ferreterías, veterinarias y comercios de proximidad de ventas de artículos de higiene personal y limpieza.

No esenciales: podrán estar abiertos de 6 a 18 hs sólo con la modalidad de venta por delivery, plataformas digitales, con entrega a domicilio o retiro en local.

GASTRONÓMICOS
-Locales gastronómicos (bares, restaurantes, heladerías y rotiserías) podrán funcionar entre las 6 y hasta las 23 hs. únicamente mediante servicio de delivery.

ESTACIONES DE SERVICIO
-Las estaciones de servicio podrán continuar funcionando con venta libre de 6 a 18 hs. y de 18 a las 06 hs., solo para despacho de combustible para trabajadores de actividades esenciales.

FARMACIAS
Las farmacias funcionarán normalmente.

ACTIVIDAD FÍSICA
-Sólo se podrán realizar actividades individuales (bicicletear, correr y caminar) al aire libre, entre las 06 y las 18 hs. en cercanías del domicilio.

DEPORTES
-Gimnasios, clubes, canchas de fútbol, bochas, pelota a paleta, automovilismo y otros predios deportivos deberán suspender sus actividades y permanecer cerrados.

CULTOS
-Las celebraciones religiosas solo se podrán realizar en modalidad virtual.

REMISES
-El servicio de remis podrá funcionar normalmente de 6 a 18 hs. y luego de las 18 y hasta las 6 hs. lo harán sólo con guardia para emergencias.

EDUCACIÓN
-Queda suspendida la actividad educativa bajo la modalidad presencial, de acuerdo a los anuncios de autoridades nacionales y provincial.
-Los jardines maternales, talleres, institutos de danza y/o idiomas, bibliotecas y museos permanecen prohibidos en forma presencial, y solo podrán realizarse en modalidad virtual.

ESPACIOS PÚBLICOS
-Queda prohibida la permanencia de personas en espacios verdes / espacios públicos (plazas, parque, rotonda), sólo estará contemplada la circulación en dichos lugares para las actividades deportivas individuales.

**La vigencia de las presentes medidas quedarán sujetas a la reglamentación que oportunamente efectúe la provincia de Buenos Aires.

MUNICIPALIDAD, EN EMERGENCIA
El Intendente informó además que «La municipalidad de 9 de Julio funcionará en forma de emergencia, sólo con el personal jerárquico y con trabajadores esenciales».

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