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viernes, diciembre 13, 2024

Vacunación Covid: solicitan que se incluyan a los Bomberos


El Bloque de Concejales de «Juntos por el Cambio de 9 de Julio» presentó un proyecto de comunicación para que se incluyan en el Plan de vacunación contra el Covid-19 a los Bomberos Voluntarios, en el marco del Plan Estratégico para la vacunación contra la COVID-19 en la República Argentina aprobado por la resolución 2883/2020 del Ministerio de Salud de la Nación.
Destacaron la loable tarea que realizan los servidores públicos voluntarios. El expediente que debe ser tratado en sesión, señala que «el Honorable Concejo Deliberante del Partido de 9 de Julio vería con agrado la inclusión en el Plan de Vacunación contra el COVID-19 a los bomberos voluntarios, comprendidos en los criterios de función estratégica y riesgo por exposición».
Además se solicita enviar copia de la presente comunicación, con sus vistos y considerandos, al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, al Ministerio de Salud, al Director de la Región Sanitaria II y al Coordinador del programa Vacunate PBA en 9 de Julio».
Entre las consideraciones señala el proyecto que «por el decreto 41/2020 de la Provincia de Buenos Aires designó al Ministerio de Salud como autoridad sanitaria responsable de aplicación del ¨Plan estratégico para la vacunación contra la COVID-19 en la República Argentina. Debido a la disponibilidad gradual de dosis de vacunas el “Plan estratégico para la vacunación contra la COVID-19 en la República Argentina” estableció el orden de prioridad de los grupos de población a vacunar en cada una de las etapas».
En la iniciativa se indica que «el Plan ha considerado un marco bioético fundado en los principios de igualdad y dignidad de derechos, equidad, beneficio social y reciprocidad. El criterio para priorizar a la población a vacunar por etapas se contempla en función del riesgo de enfermedad grave y la probabilidad de una mayor exposición al virus».
Los concejales de Juntos por el Cambio hacen hincapié en que se priorizó por “Riesgo por exposición y función estratégica” al: Personal de salud, Fuerzas armadas, de seguridad y personal de servicios penitenciarios, Personal docente y no docente (inicial, primaria y secundaria) y otras poblaciones estratégicas definidas por las jurisdicciones y la disponibilidad de dosis.
Además señalaron que el criterio por “Riesgo de enfermedad grave” priorizó a: Adultos de 70 años y más, personas mayores residentes en hogares de larga estancia, adultos de 60 a 69 años y adultos de 18 a 59 años de grupos en riesgo.
Consideraron los ediles que «surge necesario que entre los grupos prioritarios por ‘función estratégica y Riesgo por exposición al virus ¨ se pueda incluir a los bomberos voluntarios. La ley 10917 de la Provincia de Buenos Aires reconoce en su artículo 3°, el carácter de Servicio Público a las actividades específicas de los Cuerpos Activos de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, en todo el ámbito de la Provincia».
Además se agrega que «el Decreto 4601/1990 de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 3° entiende que el servicio de bomberos voluntarios tiene una finalidad eminentemente altruista y motivada en la necesidad de proteger vidas y bienes dentro de una comunidad organizada».

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