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miércoles, abril 24, 2024

Promulgan ley que establece indemnización para familiares de víctimas del ARA San Juan


El Gobierno nacional promulgó este viernes la ley aprobada el mes pasado por el Congreso que otorga por única vez un beneficio económico extraordinario a los familiares de las víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan.
El Decreto 161/2021, publicado hoy en el Boletín Oficial, lleva la firma del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro de Defensa, Agustín Rossi.
Así, entra en vigencia la Ley Nº 27.615 que fue aprobada por el Congreso Nacional el 24 de febrero pasado.
La norma establece “el derecho a percibir por única vez un (1) beneficio extraordinario de carácter económico por grupo familiar”.
El resarcimiento “tendrá el carácter de indemnización extraordinaria a favor de los y las familiares del personal militar” muerto en la tragedia del ARA San Juan, que se hundió en el Mar Argentino en 2017.
El beneficio “será equivalente a la remuneración mensual de los y las agentes de nivel A, grado O del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el decreto 2.098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, multiplicada por el coeficiente cien (100)”, dice la norma.

Excluyente

En el texto se aclara que “el cobro del beneficio importa la renuncia a todo derecho por indemnización de daños y perjuicios y será excluyente de todo otro beneficio o indemnización por el mismo concepto” y que su otorgamiento “es incompatible con cualquier acción judicial en trámite, de reclamo de daños y perjuicios por parte de los y las beneficiarios y/o beneficiarias a causa del hecho”.

Pero la ley indica que “en los casos en los que se haya reconocido indemnización por daños y perjuicios por resolución judicial y la misma haya sido percibida

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