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viernes, abril 26, 2024

Derecho al voto de los extranjeros

[20 de octubre de 2011] La Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires comunica que a partir de este año, todos los residentes extranjeros que vivan en la provincia de Buenos Aires están obligados a votar en las elecciones nacionales del 23 de octubre, en las categorías de Gobernador, Legisladores provinciales y Consejeros Escolares. Sin embargo, es necesario aclarar que no están habilitados a hacerlo en categorías nacionales (Presidente y Vicepresidente, Diputados Nacionales, Senadores Nacionales).

Los requisitos para que los residentes extranjeros ejerzan su derecho al voto son:
• Ser mayor de 18 años.
• Saber leer y escribir en idioma nacional.
• Tener dos años de residencia inmediata en el territorio de la provincia de Buenos Aires.
• Estar inscripto en el Padrón de Extranjeros Registrados.
• Contar con el Documento Nacional de Identidad o con algún documento nacional que certifique identidad.

Es importante mencionar que los extranjeros habilitados para participar en las elecciones primarias, y que no fueron a votar, igualmente podrán hacerlo en las elecciones nacionales del 23 de octubre, en la misma mesa en la que estaban inscriptos en las elecciones primarias. Cabe aclarar que en estas elecciones a celebrarse en la provincia de Buenos Aires, la Junta Electoral habilitará mesas especiales para extranjeros.

Si sos extranjero, residis en la provincia de Buenos Aires, y querés saber si estás inscripto en el «Padrón de Extranjeros Registrados», podés consultar en la web: www.juntaelectoral.gba.gov.ar.

Ante cualquier duda, comunicate con la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires.

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