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Nueve de Julio
viernes, abril 19, 2024

Institutos de Enseñanza Comprendidos en el Decreto Nº 2542/91

DEUCO 9 DE JULIO INFORMA

Consejo: Colegios privados.
Mandas a tu hijo a un establecimiento. privado?, te informaron el valor de la cuota que cobraran en el ciclo lectivo 2020 ?, es OBLIGATORIO para los establecimientos educativos PRIVADOS informar valor de cuotas y matriculas en el ciclo lectivo anterior, para el ciclo lectivo del año siguiente, fíjate lo que dice la normativa:

INSTITUTOS DE ENSEÑANZA COMPRENDIDOS EN EL DECRETO Nº 2542/91

Artículo 1º decreto 2417/93 — Los institutos privados comprendidos en el Decreto Nº 2542/91 (Establecimientos de gestión privada), cualquiera sea su jurisdicción, deberán informar fehaciente mente por escrito a los padres o responsables de los alumnos, antes del 31 de octubre de cada año y para el período lectivo siguiente, los puntos que a continuación se indican:
a) Importe de la matrícula de inscripción o reinscripción, en el caso que la hubiese, y condiciones de reintegro de la misma en caso de arrepentimiento;
b) Cantidad de cuotas totales por servicios educativos, que se percibirán únicamente durante el año lectivo, con discriminación de conceptos, con arreglo a lo previsto en el último párrafo del artículo 22 de la Ley Nº 13.047;
c) Monto de cada una de las cuotas, que serán mensuales, iguales y consecutivas;
d) Forma y plazo de pago y determinación de los recargos a aplicar en caso de mora.
ESTO RIGE PARA TODO EL PAIS.
Hace valer tus derechos siempre !!!
DEUCO 9 de Julio

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