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lunes, abril 29, 2024

Cobertura para alimentos libres de gluten

La Defensoría del Pueblo informa que, por medio de la Resolución Nº 407/2012, del Ministerio de Salud de la Nación, las obras sociales y prepagas brindarán cobertura para alimentos libres de gluten destinados a celíacos.

La medida determina que las entidades alcanzadas por el Artículo 9° de la Ley 26.588*, deberán brindar a cada persona con celiaquía cobertura en concepto de harinas y premezclas libres de gluten por un monto mensual de $ 215, importe que deberá actualizarse periódicamente. Tanto las obras sociales como las empresas de medicina prepaga podrán establecer las maneras en las que darán cumplimiento a la misma, según lo establece en su artículo 2°.

En 2011se reglamentó la Ley, y se incorporaron oficialmente al Programa Médico Obligatorio (PMO) las prácticas para la detección de la celiaquía a través del marcador sérico IgA y la biopsia del duodeno proximal para el diagnóstico de dicha enfermedad. Asimismo, se trabajó para la aprobación de un logo oficial para la identificación de los alimentos sin T.A.C.C., símbolo que fue consensuado con las organizaciones de la sociedad civil que se dedican a esta problemática, a través del trabajo de la Comisión Nacional de Alimentos.

La celiaquía es una enfermedad intestinal crónica provocada por la intolerancia al gluten, que está presente en el trigo, la avena, la cebada y el centeno (T.A.C.C). Afecta a alrededor de 500 mil pacientes, es una afección hereditaria y autoinmunitaria que debilita la capacidad del intestino para absorber los nutrientes en forma adecuada, provocando síntomas intestinales, retraso de crecimiento en niños, retraso del desarrollo y de la pubertad y talla baja, entre otras afecciones.

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