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jueves, marzo 28, 2024

Provincia y Nación disponen asueto para los días 24, 26 y 31 de diciembre y 2 de enero

indexEl Gobierno bonaerense adhirió a la medida efectivizada a nivel nacional y dará asueto administrativo a los empleados el 24 y 31 de diciembre próximos y el 2 de enero de 2015.
Así lo informó hoy el jefe de Gabinete, Alberto Pérez, quien aclaró que se exceptúa a personal policial, a una parte de salud y a las entidades bancarias, y aseguró que estos días se sumarán al feriado del 26 de diciembre (puente) con fines turísticos.
La norma exceptúa «al personal dependiente de las policías de la Provincia de Buenos Aires y del Sistema de Atención Telefónica de Emergencia del Ministerio de Seguridad y al personal hospitalario del Ministerio de Salud que resulte necesario para la cobertura de servicios esenciales, guardia y emergencia», se informó oficialmente.
También excluye «al personal necesario a fin de cumplir con las actividades programadas a desarrollarse en el Teatro Argentino, la Comedia de la Provincia, el Teatro Auditorium y los Organismos Artísticos del Sur dependientes del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, y toda otra prestación que no pueda ser interrumpida».
El beneficio para los bonaerenses se conoció después que el Gobierno nacional comunicara que el personal de la administración pública tendrá asueto durante esos días: 24 y 31 de diciembre, y 2 de enero. Mediante el decreto 2458, firmado por la presidenta Cristina Fernández y el jefe de Gabinete, se explicó que «a fin de facilitar las clásicas reuniones familiares» que se realizan en esas fechas, «se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos». Se consideró por tanto «conveniente otorgar asueto administrativo los días 24 y 31 de diciembre de 2014».
Por ello, expresó la resolución que «amerita extender el referido asueto al día 2 de enero de 2015, atento que el 26 de diciembre resulta feriado con fines turísticos, en virtud de las previsiones del decreto N 1768/13». Se aclaró que la disposición «no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras».

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