spot_img
spot_img
15 C
Nueve de Julio
sábado, abril 20, 2024

Se hace curso a la investigación penal de cisternas en colegios

Días pasados se notificó la resolución sobre amparo judicial en relación al tema del agua de red y el reclamo que vecinos de 9 de Julio realizaron contra la empresa ABSA. El Dr. Fernando Cabaleiro, dio a conocer un informe.

LA RESOLUCION
En resolucion judicial que lleva fecha 17 de mayo de 2012 en el marco del amparo judicial «Kersich Juan Gabriel c/ ABSA y otros s/ amparo» donde se reclama a la prestadora de agua de red domiciliaria ABSA en la ciudad de 9 de Julio, Provincia de Buenos Aires, que realice las obras necesarias y conducentes para garantizar la potabilidad del agua de red en esa localidad, ante la problemática del arsénico; la justicia en virtud del incumplimiento de dicha empresa en la entrega de bidones en los domicilios de más de 2600 amparistas adherentes tal como se dispusiera cautelarmente, le impuso una multa diaria de $ 20 (veinte pesos) por cada uno de aquellos, lo que representaría en total una multa de hasta $ 53.000 (cincuenta tres mil pesos) diarios y mas de $ 1.500.000,00 (un millon y medio de pesos) mensuales.
ABSA en razón de una medida cautelar que fuera confirmada por la Cámara Contencioso Administrativo de La Plata en el mes de octubre de 2011, esta obligada a entregar a cada uno de los mas de 2600 vecinos adherentes al amparo judicial, agua potable en bidones, que cumpla con los requisitos de potabilidad establecidos por el Código Alimentario Argentino y los valores Guías de la Organización Mundial para la Salud (OMS) que en el arsénico fijan un valor máximo de 0,01 mg/l. Sin embargo la demandada hasta el día de la fecha no ha cumplido con la manda judicial. Asimismo la Comisión Fiscalizadora del agua de la ciudad de 9 de Julio, constituida en virtud de una ordenanza municipal de dicha localidad, en el mes de abril del corriente año realizo un rele- vamiento de la calidad de agua en los distintos cisternas que la empresa, en cumplimiento de la caute- lar establecida por la justicia, dispuso en los colegios y establecimientos de salud . Los análisis físico químicos de agua realizados por la Comisión Fiscalizadora revelaron entre otros incumplimientos que en un cisterna instalado en uno de los establecimientos educativos, el nivel de arsénico ascendía a los 0,09 mg/l. (9 veces superior al máximo establecido).
Ante ello los amparistas volvieron a reiterar la aplicación de multas (astreintes en el termino técnico) conforme se establece en el art 666 bis del Código Civil, ante el incumplimiento de la expresa y clara orden judicial. Así también se formulo la necesidad de realizar una investigación penal por el incidente del cisterna en el establecimiento educativo. En su resolución, el juez actuante señala que « Debo decir que la actividad desarrollada por ABSA ha sido descripta en varias oportunidades por la actora, relatando incumplimiento y requiriendo sanciones. En igual sentido se han expresado las autoridades del Consejo Escolar de la ciudad de 9 de Julio, como también las de Bromatología de dicho Municipio, tanto en el reciente informe producido, como también en el expediente Administrativo Nº 4082-796 Departamento Ejecutivo – Municipalidad de 9 de Julio” Más adelante refiriéndose a la conducta de ABSA advierte que «en una empresa cuyo capital accionario mayoritario (90 %) pertenece al Estado Provincial, el objetivo final de su gestión es, sin lugar a dudas, el beneficio social. Su accionar debería generar confianza en la comunidad y tender a satisfacer el interés general. Pero en el caso, ha sucedido lo contrario, la conducta de la demandada inspira desconfianza en la comunidad de 9 de Julio, pone en riesgo su interés social y atenta contra su salud general. Mas aún la conducta desplegada por los encargados de la empresa en relación a la provisión de agua, podría configurar algún ilícito penal, más allá del incumplimiento de la cautelar decretada, por lo que habré de anoticiar el señor Agente Fiscal en turno (Art. 287 inc. 1 del CPP)»
Concretamente de la resolución surge además de la aplicación de la multa económica diaria, la investigación penal por la posible comisión de un delito y requiere al Municipio de 9 de Julio que continúe ejerciendo el control sobre la calidad de agua que la demandada ABSA provee a los vecinos de dicha localidad.

Más noticias